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Quién es quién en la obra

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En una obra existen muchos actores en diferentes fases. Con la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), vigente en España desde 1999 se les pasó a llamar agentes de la edificación. Cada uno de ellos tiene una función y responsabilidades diferenciadas. Hoy vamos a hacer un pequeño paseo por el quién es quién en la obra. En nuestro caso en la mayor parte de las ocasiones dos perfiles de agentes de la edificación confluyen. Son los de promotor y usuario o propietario. Nuestras casas prefabricadas tienen muchas ocasiones la figura del autopromotor, os hicimos una guía del autopromotor para que conozcáis todas las particularidades de esta posibilidad.

Quién es quién en la obra

Mucha gente al pasar al lado de una obra solo ve a los trabajadores que están en el tajo. Pero antes, durante y después hay muchas más personas trabajando para que la edificación llegue a buen puerto. Estos perfiles profesionales son los llamados agentes de la edificación por la LOE. En concreto ochos son los perfiles que se encuentran en esa Ley. Ya hemos apuntado que en nuestra actividad dos perfiles se fusionan en uno. Lo cierto es que durante un periodo de la vida de la obra actúan como promotores. Para al final de la obra disfrutar de la edificación como usuarios de la misma. Vamos a ver los diferentes agentes de la edificación…

El promotor

En este quién es quién en la obra empezamos con el promotor. Identifica la LOE como promotor a cualquier persona ya sea física o jurídica que impulsa, financia y programa obras de edificación. La consideración de física o jurídica son términos jurídicos. Esto es que una persona a título individual o una empresa pueden ser promotoras. Y en el caso de entidades o empresas pueden ser o públicas o privadas. De forma individual o uniéndose a otras. Por supuesto con financiación y recursos propios o ajenos. La finalidad de las obras puede ser su disfrute por ellos mismos o la posterior enajenación a un tercero.

Las funciones del promotor son claras, poner en marcha la obra. Encargando la redacción de un proyecto a un profesional que tenga la titulación necesaria. Entregará a éste toda la información relevante y necesaria para el proyecto. Gestionará la petición y consecución de las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas. Firmará el contrato de obra junto al constructor, así como el acta de recepción de la misma al finalizar.

El constructor

En el anterior punto ya hemos anticipado la figura del constructor. Será el encargado de la ejecución de la misma por encargo del promotor. Sus funciones empiezan por ejecutar la obra siguiendo al pie de la letra el proyecto de la misma. Designará a un Jefe de Obra. Y facilitará al Director de la Obra todos los datos que precise para elaborar la documentación final de obra. Firma tanto el contrato como el acta de recepción de obra.

Proyectista

Redactará el proyecto de ejecución de la obra por encargo del promotor. El Proyecto estará realizado cumpliendo tanto la normativa técnica como urbanística. Como es evidente deberá tener la titulación académica y profesional de arquitecto. Dependiendo del alcance y finalidad de la obra las titulaciones de arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico. En muchas ocasiones estos profesionales precisan de los servicios de terceros. Especialistas en diferentes disciplinas que se precisan en la redacción del proyecto de obra. Esas colaboraciones contarán con el visto bueno del promotor.

Director de Obra

En este quién es quién en la obra ya hemos nombrado al Director de Obra, DO. Se trata de un perfil técnico, que encabeza el desarrollo de la obra. Trabaja con el proyecto aprobado y visado. Que cuenta con la licencia de edificación y resto de autorizaciones. Así como con las condiciones firmadas en el contrato de obra. Es uno de los miembros de la Dirección Facultativa, DF. Todos estos técnicos son nombrados por el promotor. La DF está conformada por el DO, el Jefe de Obra, el Director de la Ejecución, DEO… Por supuesto debe ser un profesional titulado.

Director de Ejecución

El DEO asume el control de la construcción, asegurándose de la calidad de lo edificado. Hace las veces de representante del promotor frente al constructor. Sumando a esta función sus conocimientos técnicos, los cuales no tiene porque tener el promotor. De esta forma el promotor se asegura que un técnico titulado controla el cumplimiento de los aspectos técnicos del contrato de obra. Debe verificar la recepción de los materiales de construcción en obra, su cumplimiento de la normativa y su idoneidad para el fin que se requieren.

Las entidades de control de calidad

Al margen de los controles que tanto el DO como DEO realizan en la obra, unas entidades independientes deben hacer controles de calidad. Verificando los materiales usados en la ejecución de la obra e instalaciones. Sus herramientas son lo consignado en el proyecto y la normativa vigente de obligada aplicación.

Los suministradores

Uno de los agentes de la edificación identificados en la LOE son los suministradores. Se engloban aquí fabricantes, importadores, almacenistas y vendedores de los productos necesarios para la ejecución de la obra. Se sobreentiende que tienen la obligación de suministras estos productos con las especificaciones requeridas. Así como facilitar instrucciones de uso, manipulación y mantenimiento de los mismos.

Propietarios o usuarios

Finaliza el recorrido del quién es quién en la obra con los propietarios o usuarios de la misma. Estos son los que usarán la edificación cuando se acabe la obra. Y tienen también unas obligaciones. Las de mantener el edificio en condiciones de ser usado. En el Libro del Edificio se les hace entrega del mantenimiento y su periodicidad. Las tareas ha realizar para un correcto uso y mantenimiento del edificio entregado.

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