¿Las casas prefabricadas son portátiles?

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Son las casas prefabricadas portátiles o no, esa es una pregunta recurrente. La respuesta es sencilla no todas las casas prefabricadas son portátiles. Lo cierto es que en otros países tener una casa portátil es una opción muy habitual. En lugares en los que la movilidad geográfica obliga a las familias a desplazarse a grandes distancias por temporadas. La búsqueda de empleo o la propia actividad profesional de las personas lleva a necesitar este tipo de viviendas. Es por ello que mucha gente termina pensando que las casas prefabricadas son portátiles y eso en realidad no es así. Modular Home hace casas prefabricadas de hormigón para ser usadas como segunda residencia o residencia habitual, y en este concepto de vivienda la casa portátil no encaja.

¿Las casas prefabricadas son portátiles?

Hay mucha gente que cree que una casa prefabricada portátil es la solución para huir del mundanal ruido. Poder llevarla de un lugar a otro según nuestras necesidades. Pues bien en España esa idea choca un poco con la normativa existente. En realidad sería más correcto decir con la inexistente regulación de este tipo de casas. Cuando se trata de casas prefabricadas como las nuestras, no portátiles, esta situación no existe. Nuestras casas están reguladas en el mismo marco jurídico que las viviendas tradicionales.

Esto es así por nuestro Código Civil. Esta Ley, que regula gran parte de las cuestiones de nuestro día a día, distingue entre dos tipos de bienes. Los bienes inmuebles y los bienes muebles. Depende de si un bien entra en una u otra definición tendrá una regulación diferente. Lo que es cierto es que las casas portátiles como tal no tienen normativa propia. No existen Leyes estatales que la regulen y en todo caso se tendrán que acoger a lo que cada Comunidad Autónoma o Municipio tenga a bien.

Bienes inmuebles versus bienes muebles

El Artículo 334 de nuestro Código Civil dice que se consideran bienes inmuebles a: «tierras, edificios, caminos y construcciones de todo género adheridas al suelo». Es muy importante esa concreción de «adheridas al suelo». La definición del Código Civil de los bienes muebles es: «se pueden transportar de un punto a otro sin menoscabo de la cosa inmueble a que estuvieren unidos». Esa diferenciación de estar o no adheridos al suelo es clave. Cuando una casa está sustentada sobre una cimentación y al tiempo enganchada a los suministros públicos es un bien inmueble.

Así las cosas las casas prefabricadas consideradas bienes inmuebles se regulan con la normativa de las viviendas tradicionales. Todo aquello recogido en la Ley de Ordenación de la Edificación, la LOE. Y por el Código Técnico de la Edificación, el CTE. Todas ellas precisarán de la correspondiente licencia de obras y la cédula de habitabilidad de la vivienda. Por supuesto que en cualquier caso las viviendas serán construidas en suelo urbanizable.

Como paso previo para cumplir con todas estas cuestiones será necesario contar con un proyecto de ejecución firmado por Arquitecto. En Modular Home si el cliente no cuenta con Arquitecto le proporcionaremos uno de nuestros colaboradores habituales. Pero todas estas cuestiones no tienen validez en el caso de que la vivienda o casa sea portátil, pues ya estaremos hablando de un bien mueble.

Impuestos y tasas

Todas las viviendas conllevan una serie de gastos en su implantación. Estamos ante impuestos y tasas de diferentes administraciones. Así las cosas una casa portátil o móvil tiene menos costes de este tipo. Por ejemplo se ahorran los gastos por los permisos de obras. Aunque obviamente deberán cumplir con una documentación requerida para ubicarla en cada nueva situación. Por ejemplo no se librará en ningún caso de abonar una licencia urbanística, que suele estar entre un 0,5 a un 2% del coste de la casa.

Cuando se trata de una casa prefabricada considerada bien inmueble se deberán abonar aparte de la licencia urbanística otras tasas e impuestos. Un impuesto sobre la construcción que suele estar alrededor de un 4%. También la cédula de habitabilidad tiene un coste que dependerá de la Comunidad Autónoma donde tengamos nuestra vivienda. También necesitaremos conseguir la licencia de primera ocupación, cuyo importe dependerá del Ayuntamiento.

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